<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>Agromeat &#187; Legislación</title>
	<atom:link href="http://www.agromeat.com/category/legislacion/feed" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://www.agromeat.com</link>
	<description>El portal de las agronoticias</description>
	<lastBuildDate>Sat, 25 May 2013 23:57:29 +0000</lastBuildDate>
	<language>en</language>
	<sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency>
	<generator>http://wordpress.org/?v=3.2.1</generator>
		<item>
		<title>Actualizacion Normativa del SENASA : abril 2013</title>
		<link>http://www.agromeat.com/111944/actualizacion-normativa-del-senasa-abril-2013</link>
		<comments>http://www.agromeat.com/111944/actualizacion-normativa-del-senasa-abril-2013#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 03 May 2013 14:56:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>rhoffmann</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legislación]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.agromeat.com/?p=111944</guid>
		<description><![CDATA[BOLETIN DE ACTUALIZACION NORMATIVA ABRIL DE  2013 Boletín Oficial 32610 &#8211; 03/04/2013 Resolución  General Nº 3454 Administración Federal de Ingresos Públicos Iniciativa  de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA): carácter obligatorio o voluntario  según el caso. &#160; Boletín Oficial 32611 &#8211; 04/04/2013 &#160; Resolución  Nº 142/2013 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca Registro  Único de Operadores [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong><strong>BOLETIN DE ACTUALIZACION NORMATIVA ABRIL DE  2013</strong></strong></p>
<p><strong>Boletín Oficial 32610 &#8211; 03/04/2013</strong></p>
<p>Resolución  General Nº 3454 Administración Federal de Ingresos Públicos</p>
<p>Iniciativa  de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA): carácter obligatorio o voluntario  según el caso.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32611 &#8211; 04/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 142/2013 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca</p>
<p>Registro  Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria. Se fija la autoridad  que expedirá los respectivos Certificados de Inscripción.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Concursos Oficiales.  Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</p>
<p>El Servicio  Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria llama a concurso abierto para  cubrir cargos en las Direcciones de Centros Regionales.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32612 &#8211; 05/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Decreto Nº   355/2013</p>
<p>Se aprueba  la reglamentación de la Ley Nº   26.653 de Accesibilidad de la   Información en las Páginas Web.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 145/2013 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca</p>
<p>Se  distribuye determinada cantidad de productos lácteos con destino a la República de Colombia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 239/2013 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social</p>
<p>Promoción  del Empleo. Acciones de sostenimiento y promoción del empleo. Reserva de  puesto de trabajo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 625/2013 Secretaría de Empleo</p>
<p>Promoción  del Empleo. Reglamento del Programa de Inserción Laboral. Modificación.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32614 &#8211; 09/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  General Nº 3463 Administración Federal de Ingresos Públicos</p>
<p>Indicadores  Mínimos de Trabajadores (IMT). Incorporación de actividades en la industria  del cuero.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32615 &#8211; 10/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Decreto N° 378/2013</p>
<p>Servicios  de Comunicación Audiovisual. Se crea el Archivo Histórico de los Servicios de  Radiodifusión Sonora y Televisiva del Estado Nacional.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Decreto Nº   354/2013</p>
<p>Senasa. Modificación  de las atribuciones y funciones asignadas a la Gerencia General  y a las Direcciones Nacionales que se enumeran.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32616 &#8211; 11/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 162/2013 Ministerio del Interior y Transporte</p>
<p>Habilitación  ocasional de Pasos Internacionales. Procedimiento y formulario. Se crea base  de datos para el registro de las solicitudes.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución N° C.5/2013 Instituto Nacional de Vitivinicultura</p>
<p>Incorporaciones  a la Tabla Numérica  de Código de Productos Vitivinícolas, de Alcoholes y Productos de Uso  Enológico, Otros Productos y Elementos de Uso en Establecimientos Vinícolas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32617 &#8211; 12/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución N° 227/2013 Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca</p>
<p>Se crea el  Programa Nacional de Prevención de la Tristeza Bovina.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32619 &#8211; 16/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 154/2013 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</p>
<p>Reglamento  de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal -Decreto  Nº 4238/1968. Modificación del Capítulo XXII – Huevos y Ovoproductos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32620 &#8211; 17/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 207/2013 Secretaría de Transporte</p>
<p>Se establece un crédito de $ 10,50 de recarga instantánea para las tarjetas del Sistema Único de Boleto Electrónico SUBE cada vez que no cuente con saldo disponible.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 393/2013 Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable</p>
<p>Se aprueba  el formulario “Informe Trimestral” referido a los permisos de planes de  manejo y cambio de uso de suelo para exportación de palo santo (Bulnesia sarmientoi) a  presentar por las Provincias de Chaco, Formosa y Salta, ante la Dirección de Bosques.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32622 &#8211; 19/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Ley N° 26.845</p>
<p>Ley de  Promoción para la Toma  de Conciencia Sobre la   Relevancia Social de la Donación de Organos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32626 &#8211; 25/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución N° C.7/2013 Instituto Nacional de Vitivinicultura</p>
<p>Se fijan  para el año 2013, fechas para la finalización de la recolección de uvas con  destino a la molienda en bodegas y fábricas de mostos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Disposición  Nº 335/2013 Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y  Alimentos</p>
<p>Se suspende  la habilitación de establecimiento otorgada a la firma LABORATORIOS LER S.R.L. como Elaboradora, Fraccionadora  y Depósito de productos químico-farmacéuticos de uso en medicina veterinaria.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Disposición  Nº 336/2013 Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y  Alimentos</p>
<p>Se  modifica  la habilitación del  establecimiento la firma LABORATORIO FUNDACION quedando el mismo habilitado  para Elaborar y fraccionar productos químico-farmacéuticos estériles y no  estériles incluyendo aquellos que en su formulación contengan principios  activos betalactámicos y con actividad hormonal;  excluyendo aquéllos que en su formulación contengan ectoparasiticidas,  y para el depósito de productos químico-farmacéuticos de uso en Medicina  Veterinaria.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32627 &#8211; 26/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución N° 761/2013 Secretaría de Riesgos del Trabajo</p>
<p>Riesgos del  Trabajo. Se aprueba el Protocolo para el Tratamiento de las Lesiones  Traumáticas de los Miembros Inferiores.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución N° 762/2013 Secretaría de Riesgos del Trabajo</p>
<p>Riesgos del  Trabajo. Se aprueba el Protocolo de Prestaciones Médicas en Psiquiatría.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 82/2013 Instituto Nacional de Semillas</p>
<p>No  autorizar la venta, cesión, uso propio o cualquier otro destino de materiales  de propagación de especies cítricas hasta tanto el SENASA se expida  favorablemente sobre el riesgo sanitario de dichos materiales, con referencia  al Huanglongbing (HLB).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32628 &#8211; 29/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 176/2013 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</p>
<p>Se crea, en  el marco del Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los  Frutos (PROCEM), un “Sistema de Alerta para Mosca de los Frutos” para la Provincia de SAN JUAN,  de acuerdo a los resultados arrojados por el Sistema de Detección Oficial de  la plaga.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 177/2013 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</p>
<p>Se  implementa el Certificado de Control Oficial de la Plaga Mosca de los  Frutos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 165/2013 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</p>
<p>Se aprueban  y definen áreas para el Programa Nacional de Prevención de HLB (Huanglongbing), según su condición fitosanitaria respecto  al HLB y a la Diaphorinacitri,  y se establece su ámbito de aplicación geográfico. Se establece el  procedimiento para movimiento de fruta fresca y material de propagación  vegetal entre áreas con distinta condición fitosanitaria respecto al Huanglongbing.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 288/2013 Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca</p>
<p>Se  reconocen como Registros Genealógicos y Selectivos de las razas de animales  de pedigree de la especie equina Arabe y Anglo Arabe, a los que  organiza y administra el “STUD BOOK ARGENTINO” del JOCKEY CLUB ARGENTINO.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32629 &#8211; 30/04/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución N° 4/2013 Consejo Federal Pesquero</p>
<p>Se aprueban  Medidas de Manejo de Condrictios. Se prohíbe su  pesca objetivo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución  Nº 295/2013 Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca</p>
<p>Se fijan  los aranceles por los bienes y servicios que presta el Instituto Nacional de  Semillas</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.agromeat.com/111944/actualizacion-normativa-del-senasa-abril-2013/feed</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>SENASA aprobó protocolo de carne de calidad para exportar a Rusia</title>
		<link>http://www.agromeat.com/111878/senasa-aprobo-protocolo-de-carne-de-calidad-para-exportar-a-rusia</link>
		<comments>http://www.agromeat.com/111878/senasa-aprobo-protocolo-de-carne-de-calidad-para-exportar-a-rusia#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 02 May 2013 21:55:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>rhoffmann</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ganadería]]></category>
		<category><![CDATA[Industria]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.agromeat.com/?p=111878</guid>
		<description><![CDATA[El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) aprobó el "Protocolo de Carne Vacuna de Calidad Superior para exportar a la Federación de Rusia". ]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Lo dispuso mediante la resolución 187/2013, publicada en el Boletín Oficial, que incorpora al ordenamiento jurídico las pautas acordadas con la Federación Rusa, en forma similar a la aprobada para la Unión Europea.</p>
<p>Se entiende como &#8220;Carne Vacuna de Calidad Superior&#8221; a los cortes de carne seleccionada obtenida de novillos, novillitos, toros jóvenes o vaquillonas alimentados exclusivamente a pasturas desde su destete o pastoreo y dieta balanceada.</p>
<p>La carne vacuna de calidad superior se debe obtener de animales mantenidos en establecimientos primarios registrados y autorizados que cumplan con condiciones de producción determinadas y verificadas por el SENASA.</p>
<p>Luego del desposte, tras la faena, la carne se debe envasar al vacío en envases plásticos que se deben colocar en cajas inmediatamente y etiquetar.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.agromeat.com/111878/senasa-aprobo-protocolo-de-carne-de-calidad-para-exportar-a-rusia/feed</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Prohíben la pesca objetivo de condrictios</title>
		<link>http://www.agromeat.com/111505/prohiben-la-pesca-objetivo-de-condrictios</link>
		<comments>http://www.agromeat.com/111505/prohiben-la-pesca-objetivo-de-condrictios#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 29 Apr 2013 12:56:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>rhoffmann</dc:creator>
				<category><![CDATA[Acuicultura]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.agromeat.com/?p=111505</guid>
		<description><![CDATA[El Consejo Federal Pesquero aprobó la Resolución 4/13 en que definió medidas de manejo para reforzar acciones precautorias para la preservación de especies como rayas y tiburones. La más radical, contempla la prohibición de pescar condrictios como especie objetivo. ]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>También prohibieron la práctica como “aleteo de tiburones”, que consistía en la remoción y retención de las aletas con el consiguiente descarte del resto del cuerpo.</p>
<p>El plan de manejo reduce además los niveles de participación de los condrictios en cada marea. Se fijó un límite máximo de desembarque de rayas, tiburones y pez gallo (Callorhinchus callorhynchus) en conjunto, equivalente al 40 por ciento del total de las especies capturadas por marea.</p>
<p>Además se estableció un límite máximo de desembarque de rayas equivalente al 30 por ciento del total de especies capturadas por marea y un 30 por ciento de tiburones del total de especies capturadas por marea. En caso de verificarse un lance con un porcentaje que supere dichos límites, el buque deberá desplazarse hacia otra zona de operación.</p>
<p>Las medidas se respaldaron en la información científica aportada por el INIDEP que colocan a los condrictios en un lugar de gran vulnerabilidad natural a la explotación pesquera.</p>
<p>En el Informe Técnico Nº30/12 se resumen las recomendaciones sobre tiburones y rayas. Los científicos evaluaron el impacto de las medidas de manejo establecidas por el propio Consejo, elaborado a partir del análisis de los datos de desembarques de rayas y tiburones suministrados por el Sistema de Información Oceanográfico-Pesquero.</p>
<p>Las medidas de preservación fueron positivas ya que actuaron desalentando la pesca dirigida a estas especies y provocaron un impacto moderado sobre las capturas totales de condrictios, pero sin embargo la pesca dirigida a especies de rayas y tiburones aún persistía.</p>
<p>En la reunión de la Comisión de Seguimiento de la Pesquería de Variado Costero, llevada a cabo en febrero pasado, se planteó la necesidad de contar con observadores a bordo y coordinar su embarque en la flota costera con la finalidad de obtener información confiable y continua sobre las especies que componen el variado costero.</p>
<p>En el artículo 12 del anexo de la flamante Resolución, quedó establecido que el INIDEP deba embarcar observadores en buques que registren capturas frecuentes de rayas, tiburones y pez gallo.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.agromeat.com/111505/prohiben-la-pesca-objetivo-de-condrictios/feed</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Una nueva traba para el ingreso del biodiesel argentino a Europa</title>
		<link>http://www.agromeat.com/110526/una-nueva-traba-para-el-ingreso-del-biodiesel-argentino-a-europa</link>
		<comments>http://www.agromeat.com/110526/una-nueva-traba-para-el-ingreso-del-biodiesel-argentino-a-europa#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 22 Apr 2013 14:24:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>rhoffmann</dc:creator>
				<category><![CDATA[Bioenergía]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.agromeat.com/?p=110526</guid>
		<description><![CDATA[EUROPA.- La Unión Europea publicó en su Boletín Oficial Reglamento CE N 330/2013 que significa una nueva traba para ingreso del biodiesel argentino. ]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El reglamento establece el registro de importaciones de biodiesel originarias de Argentina e Indonesia, la Cámara Argentina de Biocombustibles (CARBIO) aseveró que &#8220;que no existe ningún tipo de subsidio a las exportaciones desde Argentina&#8221;.</p>
<p>Agregó que las exportaciones de biodiesel argentino son eficientes y altamente competitivas por las condiciones de producción y procesamiento del complejo industrial sojero nacional. Por esta razón Argentina es el tercer exportador mundial de soja, el primer exportador mundial de harina y aceite crudo de soja y fue el principal abastecedor de biodiesel en el mercado europeo hasta la apertura de estas investigaciones que únicamente han generado daños materiales a la industria argentina sin justificación alguna.</p>
<p>&#8220;Resulta difícil comprender las expresiones que la Comisión Europea ha vertido en dicho Reglamento, en relación a disponer el registro sin ninguna evidencia en cuanto a la existencia de subsidios y menos aún al presunto daño a la industria europea que resulte difícil de reparar&#8221;, destacó en un comunicado.</p>
<p>La Argentina fue el principal abastecedor de biodiesel en el mercado europeo hasta la apertura de estas investigaciones que &#8220;únicamente han generado daños materiales a la industria local sin justificación alguna&#8221;.</p>
<p>El abastecimiento de biocombustible argentino a Europa sufrió un quiebre importante en su regularidad, luego de las trabas que logró imponer por pocos meses el Gobierno de España, en represalia a la decisión de nacionalizar el 51 por ciento de las acciones que Repsol poseía de la petrolera YPF.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.agromeat.com/110526/una-nueva-traba-para-el-ingreso-del-biodiesel-argentino-a-europa/feed</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Nuevos requisitos para la habilitación sanitaria de establecimientos avícolas</title>
		<link>http://www.agromeat.com/107543/nuevos-requisitos-para-la-habilitacion-sanitaria-de-establecimientos-avicolas</link>
		<comments>http://www.agromeat.com/107543/nuevos-requisitos-para-la-habilitacion-sanitaria-de-establecimientos-avicolas#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 25 Mar 2013 12:15:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>rhoffmann</dc:creator>
				<category><![CDATA[Avicultura]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.agromeat.com/?p=107543</guid>
		<description><![CDATA[Entre otros, la norma establece nuevas condiciones para la ubicación geográfica de las producciones comerciales de aves y requisitos para la ampliación de granjas ya instaladas]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>&nbsp;</p>
<p>El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó su <a href="http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&amp;in=1592&amp;ino=1592&amp;io=23038" target="_self"><strong><span style="color: #3333ff;">Resolución N° 106/2013</span></strong></a>, que establece nuevos requisitos para el registro y la habilitación sanitaria de establecimientos avícolas, que se incorporan a la <a href="http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&amp;in=1447&amp;ino=1447&amp;io=13663" target="_self"><span style="color: #3333ff;"><strong>Resolución Senasa N° 542/2010</strong></span></a>, con el fin de adecuar la normativa en función del crecimiento del sector avícola.</p>
<p>La nueva norma, vigente a partir de su publicación en el Boletín Oficial el 19 de marzo pasado, establece nuevas condiciones para la ubicación geográfica de las producciones avícolas comerciales (granjas, plantas de faena de aves, ovoproductos y subproductos avícolas) y requisitos para la ampliación de granjas ya instaladas.</p>
<p>Asimismo, se incorpora el concepto de “complejos productivos”, a fin de facilitar la instalación y el funcionamiento de un grupo de granjas de producción o reproducción a distancias menores a las establecidas en la normativa vigente, siempre y cuando se cumplan determinados aspectos relacionados con la propiedad y el manejo sanitario.</p>
<p>Por último, establece el descanso obligatorio de diez días entre lotes para las granjas de engorde de pollos parrilleros. Además, determina la obligatoriedad de documentar los métodos de disposición de los residuos generados por los establecimientos avícolas, tales como la cama de galpón, la mortandad diaria, el guano de gallina, los residuos de planta de incubación, entre otros, que signifiquen una potencial contaminación al medio ambiente.</p>
<p>El sostenido crecimiento de la producción avícola de los últimos años, así como la creciente demanda de espacios adecuados para la instalación de predios avícolas, permitió identificar la necesidad de actualizar y mejorar las especificaciones técnicas y de aplicación de la norma en granjas avícolas, flexibilizar algunos aspectos y requerir mayor rigurosidad en otros, en función de la adopción de medidas de higiene, bioseguridad y protección del ambiente.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.agromeat.com/107543/nuevos-requisitos-para-la-habilitacion-sanitaria-de-establecimientos-avicolas/feed</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>E. coli verotoxigénica (VTEC) en la Unión Europea</title>
		<link>http://www.agromeat.com/107468/e-coli-verotoxigenica-vtec-en-la-union-europea-2</link>
		<comments>http://www.agromeat.com/107468/e-coli-verotoxigenica-vtec-en-la-union-europea-2#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 24 Mar 2013 21:17:50 +0000</pubDate>
		<dc:creator>rhoffmann</dc:creator>
				<category><![CDATA[Animal]]></category>
		<category><![CDATA[Art. Técnicos]]></category>
		<category><![CDATA[Calidad alimentaria]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.agromeat.com/?p=107468</guid>
		<description><![CDATA[En el año 2010 se confirmaron un total de 4.000 infecciones por VTEC en la población, la mayoría causados por el serogrupo O157. La tasa de mortalidad en ese año fue del 0,39%, con ocho muertes registradas entre 2.077 casos confirmados. Un total de 222 casos (5,5%) desarrollaron síndrome urémico-hemolítico (HUS). El 42,5% de ellos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En el año 2010 se confirmaron un total de 4.000 infecciones por VTEC en la población, la mayoría causados por el serogrupo O157. La tasa de mortalidad en ese año fue del 0,39%, con ocho muertes registradas entre 2.077 casos confirmados. Un total de 222 casos (5,5%) desarrollaron síndrome urémico-hemolítico (HUS). El 42,5% de ellos fue provocado por el serotipo VTEC O157, seguido por el serotipo VTEC O26 (19,2%). La mayor tasa de notificación se produjo en el grupo de edad 0-4 años (n = 1.161; 4,7 por 100.000 habitantes) seguido por los niños de edades comprendidas entre 5 y 14 años (1,2 por 100.000). En general, el número de casos humanos de VTEC en la Unión Europea ha estado aumentando desde 2008. La distribución de los casos siguió un patrón estacional marcado, con un aumento del número de casos durante el verano y los primeros meses de otoño.</p>
<p>En alimentos VTEC se observó principalmente en carne de bovino (0,5% muestras positivas a VTEC y 0,1% a VTEC O157). La proporción de muestras positivas a VTEC y VTEC O157 en los distintos Estados Miembros (EM) osciló del 0% al 5,4% y del 0% al 1,1%, respectivamente. Muchos EM registraron pocas muestras positivaas, mientras que Bélgica, Alemania y España detectaron porcentajes de muestras positivas ≥1%. Diversos EM detectaron VTEC en carne fresca de cerdo entre 2007-2010. Seis encontraron muestras positivas a niveles bajos o muy bajos (0,1% -2,0%). La mayor proporción de muestras positivas a VTEC O157 (1,2%) se observó en España.</p>
<p>La prevalencia global (a partir de muestras fecales) de VTEC en ganado bovino  fue del 13,5%, variando desde el 0% al 53,8% entre los 12 países que incluyeron datos sobre este aspecto. La prevalencia global de VTEC O157 fue del 0,2% (0% al 1,9%). La prevalencia de rebaño observada fue del 10,0% y del 4,7% para VTEC y VTEC O157, respectivamente. España informó de una prevalencia de VTEC del 18,9% a partir de bovinos sacrificados en matadero. En algunos países también se detectó VTEC en otras especies animales, principalmente ovejas y cabras, pero también en cerdos, perros, y faisanes. </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Puede leerse el informe completo en: <a href="http://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/2597.htm">http://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/2597.htm</a></p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.agromeat.com/107468/e-coli-verotoxigenica-vtec-en-la-union-europea-2/feed</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Ya es obligatorio el cierre y emisión del DTe en el Mercado de Liniers</title>
		<link>http://www.agromeat.com/106702/ya-es-obligatorio-el-cierre-y-emision-del-dte-en-el-mercado-de-liniers</link>
		<comments>http://www.agromeat.com/106702/ya-es-obligatorio-el-cierre-y-emision-del-dte-en-el-mercado-de-liniers#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 19 Mar 2013 13:10:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>rhoffmann</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ganadería]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.agromeat.com/?p=106702</guid>
		<description><![CDATA[El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) informó que la Disposición DNSA Nº 1/2013 establece la obligatoriedad, a partir del 5 de marzo, para realizar el cierre y la emisión del Documento de Tránsito Electrónico (DTe) en el ámbito del Mercado de Hacienda de Liniers, que ampare y confirme el movimiento de animales desde y hacia ese destino. ]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>De esta manera, se termina de implementar en su totalidad el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (Sigsa) en el territorio nacional, no quedando ya movimientos amparados por el Documento de Tránsito Animal (DTA).</p>
<p>Dado que el Mercado de Liniers S.A. es un usuario autogestor del Sigsa establecido por la Resolución Senasa Nº 442/2011, cuyo rol es el de “Organizador de Evento Concentrador”, para acceder a las aplicaciones de internet utiliza su clave fiscal como medio de autenticación.</p>
<p>Como consecuencia, en esta nueva etapa los movimientos generados en el Mercado de Liniers con destino a faena pueden ser cerrados en las plantas frigoríficas, obteniendo de esta manera la trazabilidad de los movimientos generados hacia y desde el mercado.</p>
<p>Esta implementación, que resulta de gran valor para el Organismo, es el resultado del trabajo coordinado entre la Dirección de Control de Gestión y Programas Especiales de la Dirección Nacional de Sanidad Animal (DNSA) del Senasa y el Mercado de Hacienda de Liniers S.A.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.agromeat.com/106702/ya-es-obligatorio-el-cierre-y-emision-del-dte-en-el-mercado-de-liniers/feed</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>La Unión Europea obliga a la trazabilidad de la madera y sus productos en territorio comunitario</title>
		<link>http://www.agromeat.com/105940/la-union-europea-obliga-a-la-trazabilidad-de-la-madera-y-sus-productos-en-territorio-comunitario</link>
		<comments>http://www.agromeat.com/105940/la-union-europea-obliga-a-la-trazabilidad-de-la-madera-y-sus-productos-en-territorio-comunitario#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 12 Mar 2013 00:10:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>rhoffmann</dc:creator>
				<category><![CDATA[Forestación]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Trazabilidad]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.agromeat.com/?p=105940</guid>
		<description><![CDATA[El Reglamento Europeo 995/2010, denominado comúnmente de “Diligencia Debida”, y que entró en vigor el pasado viernes 3 de marzo, establece una serie de obligaciones a los importadores y comercializadores de madera y productos derivados para el territorio de la Unión Europea con el objetivo de conocer la procedencia exacta de la materia prima y combatir así de manera más eficiente la tala ilegal de árboles.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los contenidos e implicaciones que para las empresas representa este reglamento ha sido el motivo de la convocatoria de una jornada formativa realizada el pasado jueves 7 de marzo, organizada por la Federación Española del Envase de Madera y sus Componentes, FEDEMCO, en el Instituto Tecnológico del Mueble, Madera, Embalaje y Afines, AIDIMA. El encuentro congregó a una treintena de empresarios con el objetivo de profundizar en el conocimiento de las obligaciones de los agentes y comerciantes de madera y de sus productos, especialmente de los fabricantes de envases, embalajes, palets y sus componentes.</p>
<p>La jornada contó con la participación del Director General de Medio Natural de la Generalitat Valenciana José Alfredo González Prieto, cuyo departamento es la autoridad competente en la materia para el territorio autonómico valenciano.</p>
<p>González, subrayó el papel que jugará su administración en la supervisión y control de las empresas del sector en torno a la “Diligencia Debida”, y presentó un diagnóstico de la realidad forestal de la Comunidad Valenciana, exponiendo las políticas previstas por su Departamento y abogando por la conciliación de los diferentes usos del monte.</p>
<p>El Director de AIDIMA Mariano Pérez, dio la bienvenida al encuentro y expuso las líneas de trabajo del Instituto, mientras que el Director de FEDEMCO, Fernando Trénor, avanzó la legislación de aplicación en España, pendiente de consenso sobre competencias con CC.AA., y su aprobación definitiva.</p>
<p>La técnico del Departamento de Medio Ambiente de AIDIMA Fuensanta Serra, expuso exhaustivamente los contenidos del Reglamento Europeo, antecedentes legislativos en importaciones de madera de países terceros (FLEGT, CITES), objetivos del reglamento, a quién y a qué productos afecta, la necesidad de implantación del sistema de registro y trazabilidad de la cadena de suministro, y las opciones de gestión de forma individual o a través de entidades de supervisión, entre otras explicaciones de esta compleja realidad.</p>
<p>Por su parte, el especialista del Departamento de Medio Ambiente de AIDIMA Juan Ramón Soro, expertos ambos en implantación de Cadena de Custodia de la madera (PEFC, FSC), explicó esta metodología aplicable a la madera con certificación de sostenibilidad, como modelo de referencia, a su vez, para la implantación del Sistema de “Diligencia Debida”, que busca trazar su origen legal.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.agromeat.com/105940/la-union-europea-obliga-a-la-trazabilidad-de-la-madera-y-sus-productos-en-territorio-comunitario/feed</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>La Union Europea pone más control en productos de terceros países</title>
		<link>http://www.agromeat.com/105218/la-union-europea-pone-mas-control-en-productos-de-terceros-paises</link>
		<comments>http://www.agromeat.com/105218/la-union-europea-pone-mas-control-en-productos-de-terceros-paises#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 05 Mar 2013 16:07:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>rhoffmann</dc:creator>
				<category><![CDATA[Industria]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.agromeat.com/?p=105218</guid>
		<description><![CDATA[Se intensifican los controles para asegurar que productos de terceros países, como los cacahuetes de la India, cumplen con los requisitos que establece la UE.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Desde el pasado 18 de febrero de 2013 se aplican nuevas medidas para productos procedentes de terceros países. Se ha revisado el Reglamento 669/2009 tras haberse considerado oportuno aumentar la frecuencia de los controles oficiales de las importaciones. Es el caso, en los últimos dos años, de los <strong>cacahuetes</strong> procedentes de la India con respecto a las <strong>aflatoxinas</strong>; las <strong>hojas de curry</strong> de la India para los <strong>residuos de plaguicidas</strong>; los cacahuetes procedentes de Ghana en cuanto a las aflatoxinas; las <strong>semillas de sandía</strong> de Nigeria respecto a las <strong>aflatoxinas</strong>; y los <strong>quingomboes</strong> procedentes de la India con respecto a los residuos de <strong>plaguicidas</strong>. El artículo explica en qué consisten los controles sobre aflatoxinas y plaguicidasy cuáles son las garantías adicionales. </p>
<div id="contenido-texto">
<p>La Unión Europea realiza un seguimiento constante del Reglamento (CE) nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los <strong>controles oficiales efectuados para garantizar</strong> la verificación del cumplimiento de la <strong>legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales</strong>, siempre con el fin de proteger la salud de las personas, como fija el Reglamento 178/2002.</p>
<p>El Reglamento (CE) nº 669/2009 de la Comisión, en aplicación del Reglamento (CE) nº 882/2004 en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal, establece un aumento de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal. Estos controles son fundamentales para asegurar que los productos procedentes de terceros países cumplen con los requisitos que establece la Unión Europea.</p>
<h2>Más control sobre aflatoxinas y residuos de plaguicidas</h2>
<p>Se ha actualizado el Reglamento 669/2009 mediante la aprobación del &#8220;Reglamento de Ejecución (UE) nº 91/2013 de la Comisión, de 31 de enero de 2013, por el que se establecen condiciones aplicables a la importación de:</p>
<ul>
<li>Cacahuetes de Ghana y la India</li>
<li>Quingombó y hojas de curry de la India</li>
<li>Semillas de sandía de Nigeria</li>
</ul>
<p>y se modifican los Reglamentos (CE) nº 669/2009 y (CE) nº 1152/2009 de la Comisión&#8221;.</p>
<p>Con un mayor número de controles, las autoridades de la Unión Europea han detectado una alta frecuencia constante de casos de no conformidad con el <strong>contenido máximo de aflatoxinas y los residuos máximos de plaguicidas</strong> establecidos en la normativa y, en varias ocasiones, se han observado niveles muy elevados. Estos resultados prueban que la importación de estos alimentos y piensos constituye un riesgo para la salud de las personas y de los animales.</p>
<p>Tras este período de mayor frecuencia de los controles en las fronteras de la Unión, no se observó ninguna mejora de la situación. Además, pese a la solicitud expresa de la Comisión Europea, no se recibió ningún plan de las autoridades indias, nigerianas ni ghanesas para solucionar las insuficiencias y las deficiencias en la producción y los sistemas de control.</p>
<p><strong>Certificado particular</strong></p>
<p>Todos los cargamentos deben llevar un certificado conforme se han analizado los productos para detectar aflatoxinas o plaguicidas</p>
<p>La situación descrita y el mandato de proteger la salud de las personas y los animales hace imprescindible para la Unión Europea obtener garantías adicionales para estos productos alimenticios procedentes de India, Ghana y Nigeria. Se ha establecido, en consecuencia, que todos los cargamentos de cacahuetes procedentes de Ghana y la India, de semillas de sandía procedentes de Nigeria, y de quingombó y hojas de curry procedentes de la India deben ir acompañados de un certificado conforme los productos se han muestreado y analizado para detectar la presencia de aflatoxinas o residuos de plaguicidas, según corresponda, y de que cumplen la legislación europea.</p>
<p>Estas medidas no deben suponer efectos negativos para el comercio internacional de estos alimentos. Por ello, se permite a las autoridades competentes de la India, Ghana y Nigeria el establecimiento de sistemas de control adecuados, con el objeto de que los controles que se van a revisar en la Unión Europea no deban mantener esta intensidad durante un período muy largo. Debe tenerse en cuenta que las autoridades competentes de la Unión Europea harán una revisión trimestral de los resultados que se obtengan en estos controles que, en función de las nuevas medias aprobadas en el Reglamento 91/2013, son aplicables desde hace unos días, en concreto desde el pasado 18 de febrero de 2013.</p>
<p>Los controles oficiales son importantes, más sí cabe el análisis de los datos que nos facilitan y la tendencia en los resultados para que las autoridades competentes establezcan mayores controles y más frecuentes, siempre con el objetivo primordial de garantizar la seguridad alimentaria y salud de las personas. Con medidas como estas se puede tener la certeza que <strong>las autoridades competentes tratan de hacer de la Unión Europea un lugar en el que todos los alimentos son seguros</strong>.</p>
<div>
<h2>PARÁMETROS CON UN CONTROL MÁS INTENSO</h2>
<div>
<p><strong>Aflatoxinas</strong>. El contenido máximo de aflatoxinas de los alimentos está establecido mediante el Reglamento (CE) nº 1881/2006 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2006, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios.</p>
<p><strong>Residuos de plaguicidas</strong>, tomándose en consideración los máximos fijados en el Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de febrero de 2005, relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal y que modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo.</p>
</div>
</div>
</div>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.agromeat.com/105218/la-union-europea-pone-mas-control-en-productos-de-terceros-paises/feed</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Actualizacion Normativa del SENASA : febrero 2013</title>
		<link>http://www.agromeat.com/105061/actualizacion-normativa-del-senasa-febrero-2013</link>
		<comments>http://www.agromeat.com/105061/actualizacion-normativa-del-senasa-febrero-2013#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 03 Mar 2013 15:12:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>rhoffmann</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legislación]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.agromeat.com/?p=105061</guid>
		<description><![CDATA[NORMAS PUBLICADAS EN EL BOLETIN OFICIAL EN EL MES DE FEBRERO DE 2013]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Boletín Oficial 32574 &#8211; 01/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución Conjunta</p>
<p>N° 43/2013 Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos y</p>
<p>N° 59/2013 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca</p>
<p>Código Alimentario Argentino. Modificación art. 1194: Denominaciones de la yerba mate.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32576 &#8211; 05/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución N° 105/2013 Ministerio de Salud</p>
<p>Se aprueban “Pautas de tratamiento de dolor crónico”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32579 &#8211; 08/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución N° 390/2013 Superintendencia de Riesgos del Trabajo</p>
<p>Se crea el Programa de Promoción de la Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos del Trabajo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32580 &#8211; 13/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución 46/2013 SENASA</p>
<p>Reconocimiento de la zona de producción de moluscos bivalvos “Bahía Camarones”. Límites Geográficos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución 47/2013 SENASA</p>
<p>Reconocimiento de zona de producción de moluscos bivalvos “Playa Belvedere”. Límites Geográficos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución 48/2013 SENASA</p>
<p>Reconocimiento de zona de producción de moluscos bivalvos “Golfo San Matías-Paraje Puerto Lobos”. Límites Geográficos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32581 &#8211; 14/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución 33/2013 SENASA</p>
<p>Se prorroga por el término de UN (1) año el plazo establecido por la Resolución Nº 274/2010, en lo que respecta al cumplimiento de las Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para estudios de residuos a campo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32582 &#8211; 15/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución Nº 62/2013 Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca</p>
<p>Se adecuan los valores de los aranceles por tareas de control y desinsectación llevadas a cabo por el sistema cuarentenario patagónico (Fundación Barrera Zoofitosanitaria Patagónica &#8211; FUNBAPA).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32583 &#8211; 18/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Mercosur/CCM/Acta Nº 07/11 Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto</p>
<p>CXXIV Reunión de la Comisión de Comercio del Mercosur</p>
<p>Temas analizados en las consultas del Plenario:</p>
<p>Resolución GMC Nº 23/09. Test adicional de Fiebre Aftosa en Bovinos y Bubalinos.</p>
<p>Resolución SENASA Nº 799/2010. Bovinos vivos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32584 &#8211; 19/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Decisión Administrativa 8/2013 Jefatura Gabinete de Ministros (JGM)</p>
<p>Se modifica la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional sobre Recursos Humanos para el Ejercicio 2013.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32585 &#8211; 21/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Disposición Nº 1047/2013 ANMAT</p>
<p>Se prohíbe la comercialización de las especialidades medicinales fuera del ámbito de la Provincia de Corrientes a la droguería “BIO- MED S.H, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32586 &#8211; 22/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Decisión Administrativa 10/2013 Jefatura Gabinete de Ministros (JGM)</p>
<p>Se modifica el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Concursos Oficiales</p>
<p>Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y por el Sistema de Selección Abierto en el cual podrán participar todas las personas que reúnan los requisitos mínimos requeridos para cubrir en la Planta Permanente de la Dirección Nacional de Investigación del INIDEP. Decreto Nº 2098/08 SINEP.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32587 &#8211; 25/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución 95/2013 Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable</p>
<p>Excepciones a la prohibición de importación de productos de especies y subespecies de la fauna silvestre.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32589 &#8211; 27/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución Nº 18/2013 Secretaria de Hacienda</p>
<p>Se aprueba la actualización y ordenamiento de la Clasificación Institucional para el Sector Público Nacional.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Disposición Nº 1112/2013 ANMAT</p>
<p>Se establece que el registro de los Productos Domisanitarios de Riesgo I, categorizados conforme la Resolución (ex M.S. y A.S.) Nº 709/98, previsto en el artículo 8° de esa norma se regirá por la presente disposición.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Boletín Oficial 32590 &#8211; 28/02/2013</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución 63/2013 SENASA</p>
<p>Se crea el “Registro Nacional de Establecimientos Oficialmente Libres de Brucelosis Porcina”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Disposición Nº 2/2013 Subsecretaria de Gestión y Empleo Público</p>
<p>Se convoca a concurso público para la presentación de solicitudes de Becas de</p>
<p>Maestría en Ciencia y Tecnología en los Estados Unidos (BEC.AR Fulbright 2013), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACION EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resolución Nº C. 3/2013 Instituto Nacional de Vitivinicultura</p>
<p>Se habilita a partir de la fecha de la presente resolución el registro electrónico de prestadores de servicio de cosecha a terceros, en las Provincias de Mendoza, San Juan y Río Negro, ya sea en forma mecanizada o manual.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.agromeat.com/105061/actualizacion-normativa-del-senasa-febrero-2013/feed</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
	</channel>
</rss>
