Autorizan el uso de etil lauroil arginato para los productos cárnicos tratados térmicamente
El Diario Oficial de la Unión Europea recoge la publicación del Reglamento (CE) nº 506/2014 de la Comisión por el que se modifican el anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) nº 231/2012 de la Comisión en lo referente al uso del etil lauroil arginato como conservante en determinados productos cárnicos tratados térmicamente.
En julio de 2013 la EFSA una declaración de la EFSA sobre la exposición al etil lauroil arginato como aditivo alimentario y se concluyó que la exposición de todos los grupos de población es inferior a la dosis diaria admisible de 0,5 mg/kg pc/día.
Su uso en los productos cárnicos tratados témricamente mejora la calidad microbiológica de estos, ayudando a inhibir la proliferación de microorganismos nocivos tales como la Listeria monocytogenes, manteniendo la calidad y la seguridad de stos productos.
Es por esto que se ha autorizado su uso, asignándole el número E 243 y se autoriza su utilización excepto en salchichas emulsionadas, ahumadas y en la pasta de hígado.