24 de febrero de 2025 09:04 AM
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España : Cambios en la normativa que rige la clasificación de canales en mataderos

Con la publicación del Real Decreto 88/2025 se han modificado el Real Decreto 814/2018, sobre la clasificación de las canales de porcino, y el Real Decreto 815/2018, relativo a la clasificación de las canales de vacuno y ovino.

En el caso del porcino, el cambio en el Real Decreto 814/2018 afecta a su artículo 12 sobre el régimen sancionador en lo relativo a la clasificación, pesaje y marcado de canales siendo basándose ahora en: el establecido en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria; en el artículo 47.g) del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, así como en la disposición adicional primera de la Ley 28/2015, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria, en cuanto a la cuantía de las sanciones y las sanciones accesorias, salvo en las comunidades autónomas que dispongan de régimen sancionador específico, en las que se aplicará dicho régimen.

Los cambios del Real Decreto 815/2018 hacen referencia, en primer lugar, al pulido de las canales y las zonas donde se puede realizar (apartado d) del artículo 2 y apartado 3 del artículo 4). También se hace referencia al marcado de las canales en el caso de trabajar con salas de despiece anexas al matadero.

Otro aspecto que regula es el trabajo de los sistemas de clasificación automatizada, los controles y verificaciones a realizar en estos sistemas así como el régimen sancionador.

También se ha vuelto a redactar el Anexo I relativo a las presentaciones autorizadas para las canales de vacuno, todas ellas, independientemente de su edad.

Otro de los Anexos que se ha vuelto a redactar es el VIII relativo al Informe sobre los controles en clasificación a efectos de cumplir con las obligaciones de comunicación a la Comisión Europea.

Real Decreto 88/2025, de 11 de febrero, por el que se modifican el Real Decreto 814/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de porcino, y el Real Decreto 815/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de vacuno y ovino y al registro y comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos

Fuente: Eurocarne

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