17 de mayo de 2025 09:23 AM
Imprimir

Mexico : Jueces rechazan suspender reformas contra corridos de toros

Dos jueces federales rechazaron suspender las reformas del Congreso de la Ciudad de México, que prohíben las corridas de toros tradicionales al considerar que la sociedad busca prevenir y evitar el maltrato, sufrimiento y muerte de los animales.

El titular del Juzgado Decimosexto en materia Administrativa, y una secretaria en funciones de juez del Juzgado Decimocuarto de Distrito en materia Administrativa, negaron la suspensión provisional a dos empresas que se inconformaron contra las leyes de Protección y Bienestar Animal de la capital del país, que ahora sólo permiten espectáculos taurinos sin violencia.

La empresa Tauroplaza México, propietaria de la Plaza México, así como Diversiones y Espectáculos ETM consideraron que las modificaciones a la ley violan derechos humanos de todos los involucrados en la tauromaquia, además de que invaden atribuciones del Congreso de la Unión, en materia de protección animal, medio ambiente y comercio.

Sin embargo, el titular del Juzgado Decimosexto en materia Administrativa, Gabriel Regis López, afirmó que de suspender las reformas, en los términos que solicita Diversiones y Espectáculos ETM, “se ocasionaría a la sociedad un perjuicio aún mayor que el beneficio que pudieran obtener la parte justiciable, habida cuenta de que la sociedad está interesada prevenir, evitar el maltrato, sufrimiento y muerte de los animales, así como, garantizar su bienestar, atención, y buen trato”.

PUBLICIDAD

Por lo que, determinó, “SE NIEGA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL solicitada”.

En tanto, la secretaria en funciones de juez del Juzgado Decimocuarto de Distrito en materia Administrativas procedió a negar la medida cautelar solicitada por la empresa Tauroplaza.

Asimismo, la Asociación Nacional de Matadores de Toros y Novillos, Rejoneadores y Similares, interpuso otro juicio de amparo.

No obstante, el Juzgado Décimo de Distrito en materia Administrativa, aún no la admite a trámite, ya que dio un plazo de cinco días para que los quejosos subsanen las irregularidades que presenta su escrito de demanda de amparo.

Publicidad