27 de abril de 2025 09:01 AM
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Aprobaron requisitos sanitarios para la importación de aceite de ave desde Brasil

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) aprobó los requisitos sanitarios para la importación de aceite de ave, destinado al consumo animal, de origen y procedencia de Brasil.

La medida fue oficializada a través de la Resolución Directoral n.° D000010-2025-Midagri-Senasa-DS, publicada el 25 de abril en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

El producto estará amparado por el certificado sanitario de exportación expedido por la autoridad competente de Brasil, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. El producto fue obtenido de aves: a). Sanas, nacidas y criadas en el país exportador, b). Sometidas a inspección ante mortem, post mortem y beneficiadas en un matadero autorizado por la autoridad oficial competente del país exportador, c). Que no se sacrificaron como consecuencia de programas de erradicación de enfermedades infecciosas aviares.
  2. El establecimiento de origen de las aves, el matadero y el establecimiento de procesamiento de las harinas de vísceras y al menos en un área de tres km a su alrededor, no han estado en una zona bajo cuarentena o restricción de la movilización de aves, durante los seis meses previos al sacrificio de las aves y al embarque del producto.
  3. Las aves de las que se obtuvo el producto, fueron transportadas directamente desde el establecimiento de origen al matadero autorizado por la autoridad oficial competente de la República Federativa de Brasil.
  4. El producto fue procesado en una planta autorizada por el país exportador, en la cual no se procesa materias primas de origen animal rumiante y cuenta con el Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control – HACCP y están oficialmente autorizados para la exportación por la autoridad oficial competente de Brasil y se encuentran habilitados por el Senasa de la República de Perú.
  5. Se tomaron las precauciones necesarias para evitar la contaminación durante el procesamiento de cualquier fuente de virus de influenza aviar de alta patogenicidad. Además, después del proceso, el producto no fue objeto de contaminación cruzada con otras harinas de rumiantes o por contaminantes físicos, químicos o biológicos.
  6. El fabricante tiene implementado y en operación un programa de autocontrol de trazabilidad, verificado sistemáticamente por la autoridad oficial competente de la República Federativa de Brasil, que permite rastrear la trayectoria del producto, desde su origen en la fase primaria hasta los puntos de su distribución y viceversa.
  7. La autoridad oficial competente de la República Federativa de Brasil tiene implementado un programa de vigilancia en la producción, uso y comercialización de productos veterinarios, así como un sistema de rastreabilidad de dichos productos.
  8. Durante el procesamiento de los aceites de aves, en plantas autorizadas, sus líneas de producción sólo se utilizan para productos de aves.
  9. El producto fue sometido a uno de los siguientes tratamientos (táchese la opción que no corresponda): a). 80 °C durante 30 minutos; o; b). 90 °C durante 10 minutos; o; c). 100 °C a 129 °C durante 10 minutos a 30 minutos.
  10. El lote del producto a exportar es apto para el consumo animal.
  11. Se tomaron las precauciones necesarias para evitar el contacto del producto con cualquier fuente de contaminación, después del procesamiento del producto.
  12. El aceite se encuentra en envases sellados de primer uso, con material impermeable y resistente, etiquetados con el nombre del producto, el país de origen y procedencia, el número de establecimiento autorizado, la cantidad, peso, la fecha de producción y vigencia del producto, el número de lote que permita garantizar la rastreabilidad del producto y la indicación “Uso Exclusivo en la Alimentación Animal”.
  13. Los animales que dieron origen al producto fueron faenados en un establecimiento sometido al programa oficial de control de residuos de productos de uso veterinario, agrotóxicos y contaminantes ambientales, el cual ha sido planteado e implementado siguiendo las recomendaciones del Codex Alimentarius.
  14. El transporte del producto se realizará en vehículos o contenedores que garanticen el mantenimiento de las condiciones higiénicas y sanitarias.
  15. El producto fue inspeccionado tanto en el establecimiento de origen como en el punto de salida de Brasil y fue precintado. El número de precinto está indicado en el certificado sanitario de exportación.

Estos requisitos sanitarios deben ser remitidos a su proveedor en Brasil, a fin de que los certificados sanitarios emitidos por el servicio veterinario oficial incluyan las exigencias antes descritas.

En caso la certificación no coincida con estos requisitos, la mercancía será rechazada.

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